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Cinco claves para denunciar y resistir su publicación

Consejos y conceptos generales

Recomendaciones generales

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El sistema judicial

Consejos y conceptos generales

Para alguien que no está familiarizado con el sistema judicial, es importante tener claro tres conceptos que a veces se confunden en uno solo, y que para acudir a la justicia deben estar claros: denuncia, querella y demanda.

Si estamos frente a un delito, hay dos formas de iniciar la investigación: a través de una denuncia o de una querella. La denuncia es una declaración que realizas frente a agentes de la autoridad -como la policía, el Ministerio Público, etc.- informando que ha ocurrido un delito. Las denuncias criminales no son demandas, no permiten obtener indemnizaciones, ni implican que un delito va a ser llevado a juicio.

En lugar de una denuncia (o con posterioridad a ella), puedes presentar una querella criminal ante tribunales. La querella, dentro de un proceso penal, implica la voluntad de la querellante de constituirse como parte acusadora. La querella tiene los mismos requisitos que la denuncia, y puede ayudar a un mejor resultado de la investigación y del eventual juicio. Pero ten en cuenta que para iniciar una querella, necesitas de un/a abogado/a.

Por último, cuando acudes a un juzgado de familia, civil, o laboral, lo haces a través de una demanda judicial, que, en la mayoría de los casos, implica el patrocinio de un/a abogado/a.

Cómo llevar a la justicia

¿Ante quién realizar la denuncia?

Vía criminal

Las víctimas pueden denunciar el hecho ante la fiscalía, ante un funcionario de carabineros o ante la Policía de Investigaciones (PDI), o incluso ante un tribunal de garantía (aunque estos últimos no están habituados a hacerlo). No obstante, recomendamos realizar la denuncia frente a la oficina de la fiscalía correspondiente a tu domicilio o, mejor aún, ante una unidad especializada de la policía como, por ejemplo, la Brigada Investigadora del Cibercrimen de la PDI o el Departamento de Investigación de Organizaciones Criminales OS-9 de Carabineros.

Cuando estamos frente a un delito del Código Penal, o amparado en la ley de delitos informáticos, de propiedad intelectual, o ante los casos de violencia intrafamiliar, corresponde a la fiscalía iniciar una investigación en conjunto con las policías, para, luego, iniciar acciones en tribunales.

En general, es recomendable presentar una querella criminal, pero no es imprescindible. Debes considerar que además implica la contratación de abogado, lo que conlleva un costo económico.

Vía civil

En casos de violencia intrafamiliar, puede presentarse una denuncia o demanda ante los tribunales de familia donde se pidan medidas de protección, como órdenes de alejamiento.

En casos laborales, la persona afectada deberá hacer llegar su reclamo por escrito a la dirección de la empresa o a la respectiva Inspección del Trabajo (art. 211-A del Código del Trabajo). Puede interponerse una denuncia ante la inspección del trabajo junto con demandas ante el juzgado del trabajo.

En los casos de acoso laboral, estas conductas pueden dar pie a una acción en tribunales llamada “tutela laboral”, que corresponde a cuando se vulneran los derechos fundamentales del trabajador. La denuncia debe hacerse dentro de 60 días contados desde la vulneración. Si se interpone un recurso de protección, no se puede hacer una denuncia conforme a esta norma, en tanto son incompatibles si se refieren a los mismos hechos.

En casos de daños y perjuicios, pueden presentarse demandas ante tribunales civiles. En todos estos casos, sin embargo, puede haber problemas de obtención de evidencia, al no intervenir la fiscalía ni las policías.

Cuando una persona acude a un juzgado de familia, civil o laboral, lo hace a través de una demanda judicial que, en la mayoría de los casos, implica el patrocinio de un abogado. Debes saber que en un juicio criminal puede también interponerse una demanda civil para el juicio oral, lo que requerirá también del patrocinio de abogado.

Acciones especiales (precautorias, protección, amparo constitucional, etc.)

En el caso del recurso de protección, cualquier persona puede recurrir ante la Corte de Apelaciones a solicitar el amparo de su derecho. Sin embargo, es recomendable la asesoría de abogado.

En los casos amparados por la ley antidiscriminación 20.609, se puede interponer una acción ante el juez de letras de su domicilio o ante el del domicilio del responsable de dicha acción u omisión.

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¿Cómo denunciar un caso?

¿Quién puede presentar una denuncia?

Cualquier persona puede efectuar una denuncia, según el artículo 173 del Código Procesal Penal chileno, incluidos los menores de edad.

¿Quiénes están obligados a denunciar?

Carabineros, la Policía de Investigaciones y Gendarmería están obligados a denunciar todos los delitos que presencien o de los que tomen conocimiento. Los miembros de las Fuerzas Armadas, los fiscales y demás empleados públicos deben denunciar todos los delitos de los que tomen conocimiento en el ejercicio de sus funciones. Los profesionales de la salud deben denunciar los delitos que notaren en una persona. Los directores, inspectores y docentes de establecimientos educacionales deben denunciar los delitos que afecten a sus alumnas y alumnos o que ocurran en el establecimiento.

Se sanciona con multa de una a cuatro UTM a quien incumpla el deber de denunciar (artículo 177 Código Procesal Penal y artículo 494 del Código Penal).

¿Qué formalidades se requieren?

Aunque no se exige que sea por escrito, una denuncia debería indicar la identidad de la denunciante, su domicilio, la narración del hecho ocurrido, los autores y quienes más saben del hecho (esto en la medida que el denunciante posea esos datos).

A pesar de las formalidades que puedan tener las fiscalías, policías (o el tribunal), la ley no exige ningún medio ni mecanismo formal para hacerlo (artículo 173 Código Procesal Penal). La denuncia debe remitirse a la fiscalía, y es el fiscal quien decidirá sobre el destino de la denuncia. No el policía de turno ni el funcionario del tribunal, a quienes les corresponde recibir la misma y enviarla a la fiscalía.

La denuncia no requiere el patrocinio de un abogado.

¿Es posible realizar una denuncia de forma online?

La denuncia debe hacerse presencialmente, no es posible realizarla de otra forma.

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¿Cómo hacer seguimiento de un caso?

Número de seguimiento de los casos

A la investigación debe asignársele un número único denominado RUC, que permite seguir la causa. Para poder hacer seguimiento, deben darte copia de la denuncia o el RUC.

¿Qué gestiones se pueden hacer?

Las víctimas son intervinientes en la causa, según el artículo 12 del Código Procesal Penal, y pueden tener acceso a la carpeta de investigación y pedir copias de ésta, según el artículo 182 del mismo código. La carpeta de investigación es secreta para personas ajenas al proceso.

La víctima puede solicitar al fiscal todas aquellas diligencias que considere pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos, de acuerdo con el artículo 183 del Código Procesal Penal. Por ejemplo, la incautación de objetos y documentos relacionados con el hecho investigado o que pudieren servir como medios de prueba; la retención e incautación de correspondencia (incluye copias o respaldos de la correspondencia electrónica dirigida al imputado o emanada de éste); copias de comunicaciones o transmisiones e interceptación de comunicaciones telefónicas.

La víctima puede solicitar participar en las diligencias de investigación (artículo 184 del Código Procesal Penal).

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¿Dónde acudir para hacer la denuncia?

Listado de potenciales unidades policiales a las que se puede acudir, fiscalía u otros que estén mejor posicionadas para tratar el caso:

Fiscalía de Chile

Teléfono: 600 333 000.

Cibercrimen Santiago

guardia@cibercrimen.cl
Teléfono: 27080658 – 27080659
Dirección: General Mackenna 1314, piso 2, Santiago.

Cibercrimen Valparaíso

Teléfono: 32-3311500
Dirección: Uruguay 174, Valparaíso

Cibercrimen Concepción

Teléfono: 41-2865129
Dirección: Angol 861, Concepción.

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¿Más información en mi país?

Centros de asistencia judicial o abogadas/os voluntarios

La Corporación de Asistencia Judicial es un servicio público que proporciona orientación y asesoría jurídica de manera gratuita a quienes no cuenten con los recursos para hacerlo. Existen cuatro oficinas que gestionan la atención en cada comuna del país: www.cajmetro.clwww.cajbiobio.clwww.cajta.cl; y www.cajvalparaiso.cl

La Fundación Datos Protegidos es una organización sin fin de lucro que promueve y defiende la privacidad y la protección de los datos personales. Dentro de sus líneas de acción cuentan con litigación estratégica gratuita. Los casos son evaluados por el equipo de la Fundación y son llevados adelante luego del análisis de las circunstancias particulares de cada caso

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Tus derechos como víctima

La ley establece un catálogo de derechos de las víctimas de delitos, detallados en el artículo 109 del Código Procesal Penal. Entre ellos, solicitar medidas de protección, presentar querellas, demandar daños y perjuicios, ser oídas por el fiscal y el tribunal antes de algunas actuaciones, presentar recursos contra el término de la causa.

La víctima tiene derecho a solicitar protección a los fiscales en el caso de que ella o su familia enfrentan presiones, atentados o amenazas.

Para evitar la revictimización en el caso de niños, niñas y adolescentes que sufrieron acoso sexual, la Ley 21.057 exige que sus declaraciones sean grabadas en video.

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Una vez hecha la denuncia, ¿qué esperar?

¿Qué puede ocurrir al término del caso?

Todos los procesos judiciales mencionados permiten alguna forma de apelación o revisión de la sentencia. En ese sentido, es importante tener expectativas razonables sobre los plazos de duración del proceso.

En casos penales, de tener éxito, el autor de los delitos puede recibir una sanción consistente en cárcel o multa, o un arreglo que puede implicar obligaciones de alejamiento, tratamiento psicológico, o abstenerse de realizar algunas conductas.

En casos de violencia intrafamiliar, en caso de éxito, se pueden obtener además medidas de protección como órdenes de alejamiento.

Casos con sentencias favorables

Otros casos en Chile

Plazos potenciales

Recurso de protección: es uno de los recursos más expeditos. Si el caso llega a la Corte Suprema de Justicia, los plazos estimados son de seis a ocho meses.

En el ámbito penal, fluctúa entre cuatro meses en los casos de salidas alternativas (acuerdos reparatorios entre la víctima y el imputado), suspensión condicional del procedimiento, y hasta un año y medio en caso de juicio oral.

En el ámbito civil: es el proceso más extenso. Es difícil esperar un resultado definitivo antes de los tres años, y si se busca una indemnización por los daños causados, esto puede tardar unos tres años más.
En el caso de violencia intrafamiliar, las causas se ven dentro de un mes.

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Cómo conservar evidencia

¡guarda la evidencia!

Cómo conservar evidencia

El primer impulso es buscar, por todos los medios, borrar cualquier material íntimo que haya sido publicado en cualquier plataforma sin tu consentimiento. Es completamente entendible. No obstante, tanto las plataformas como el sistema judicial te pedirán evidencia de lo ocurrido, por lo que es importante conservar las pruebas. Por eso, antes de tomar cualquier medida, lee estas recomendaciones.

1. Conserva la evidencia antes de borrar el material

Toma capturas de pantalla de los sitios web donde aparece el material. Asegúrate de obtener toda la página, incluida la URL. Puedes guardar esas capturas de pantalla en formato PDF.

Si además el contenido en cuestión es un video, descarga el video y guárdalo en un disco duro.

Si tiene mensajes de texto o correos electrónicos que pueden ser relevantes, toma capturas de pantalla y guárdalos.

Trata de que en las capturas de la pantalla se muestre la hora y la fecha y todo otro dato que sirva de identificación. Si, por ejemplo, se trata de un chat grupal, trata no solo tener la captura de pantalla de la foto o video, sino también de los miembros del grupo.

Piensa en todas las pruebas que, además del material íntimo en la plataforma, puedan ser relevantes para el caso, como, por ejemplo, correos electrónicos o mensajes de texto amenazantes. Guarda una copia.

2.Respalda la evidencia

  • Es importante que guardes la evidencia de forma segura, pues hay que evitar de cualquier forma que caiga en manos de terceros no autorizados.
  • Ordena la evidencia en carpetas. Un buen método es ordenar por día en que apareció el material, por ejemplo. Pero inventa un sistema que te haga sentido y que permita encontrar de forma fácil las pruebas.
  • Te recomendamos guardar toda la evidencia en una carpeta digital y también tener una copia impresa en una carpeta.
  • Aunque guardes toda la evidencia de forma ordenada, es posible que con el paso del tiempo se confundan los hechos. Por tal motivo, organizaciones como “Without My Consent” te recomiendan llevar un cuadro de evidencias y volcar ahí información importante. Puedes obtener acá una copia de la tabla.