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Cinco claves para denunciar y resistir su publicación

Consejos y conceptos generales

Recomendaciones generales

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El sistema judicial

Consejos y conceptos generales

Para alguien que no está familiarizado con el sistema judicial, es importante tener claro tres conceptos que a veces se confunden en uno solo, y que para acudir a la justicia deben estar claros: denuncia, querella y demanda.

Si estamos frente a un delito, hay dos formas de iniciar la investigación: a través de una denuncia o de una querella. La denuncia es una declaración que realizas frente a agentes de la autoridad -como la policía, el Ministerio Público, etc.- informando que ha ocurrido un delito. Las denuncias criminales no son demandas, no permiten obtener indemnizaciones, ni implican que un delito va a ser llevado a juicio.

En lugar de una denuncia (o con posterioridad a ella), puedes presentar una querella criminal ante tribunales. La querella, dentro de un proceso penal, implica la voluntad de la querellante de constituirse como parte acusadora. La querella tiene los mismos requisitos que la denuncia, y puede ayudar a un mejor resultado de la investigación y del eventual juicio. Pero ten en cuenta que para iniciar una querella, necesitas de un/a abogado/a.

Por último, cuando acudes a un juzgado de familia, civil, o laboral, lo haces a través de una demanda judicial, que, en la mayoría de los casos, implica el patrocinio de un/a abogado/a.

Cómo llevar a la justicia

¿Ante quién realizar la denuncia?

La denuncia puede realizarse ante la Polícia Nacional o al Ministerio Público.
La denuncia ante la Policía Nacional debe realizarse en la comisaría correspondiente al lugar donde se cometió el delito. Es decir, si el delito se cometió en Granada debe denunciarse en Granada; sí se cometió en Managua, en el Barrio Altagracia, por ejemplo, debe denunciarse en la comisaría del Distrito III.
Nota: en Nicaragua, ambas instancias para la denuncia son de vía cívil-criminal.

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¿Cómo denunciar un caso?

– ¿Quién puede presentar una denuncia?

Cualquier persona, ciudadana nicaragüense puede denunciar un delito ante las autoridades. Y tanto la Ley integral contra la Violencia hacia las Mujeres (Ley 779) como el Código de la Familia establecen la obligatoriedad de denunciar la violencia hacia las mujeres, ya sea en el ámbito público como privado. Sin embargo, para establecer un proceso legal se requiere la declaración de la víctima ante la Polícia Nacional o el Ministerio Público.

– ¿Qué formalidades se requieren?

La denuncia puede realizarse de manera oral o escrita ante la Policía Nacionaly de manera escrita ante el Ministerio Público.

Se solicitará a la denunciante presentar su testimonio completo una sola vez, y una/un agente policial deberá tomar notas y presentar las mismas a la denunciante para su aprobación en forma de acta. La denunciante debe relatar los hechos donde ocurrió el incidente y describir al o los agresores. En caso de tener pruebas sobre la violencia, debe presentarlas desde el momento de la denuncia. La autoridades tiene la obligación de actuar con rapidez y respeto al momento de tomar la denuncia.

Ambas instituciones, de acuerdo con la Ley integral contra la Violencia hacia las Mujeres (Ley 779) deben tener personal capacitado para la atención integral a las mujeres víctimas de violencia; ya que uno de los principios rectores de la Ley, especificados en el Artículo 4dice textualmente: “Principio de no victimización secundaria: El Estado deberá garantizar que las autoridades que integran el sistema de justicia y otras instituciones que atienden, previenen, investigan y sancionan la violencia, deberán desplegar medidas especiales de prevención, para evitar situaciones de incomprensión, reiteraciones innecesarias y molestias que pueden ser aplicadas a las víctimas.”

– ¿Necesitas de un/a abogado/a para presentar una denuncia?

No se requiere la presencia de una/un abogada/o para interponer una denuncia. La denunciante debe solicitar ser remitida con las Comisarías de la Mujer: cada delegación policial debe tener una representación de esta instancia con conocimientos básicos para atender denuncias de violencia por razones de género. En caso de denunciar ante el Ministerio Público también existe una Unidad Especializada de Delitos contra la Violencia de Género, que deberá brindar acompañamiento legal a la denunciante.

Organizaciones feministas denuncian que las Comisarías de la Mujer y la Niñez se encuentran reducidas a su mínima expresión desde 2012; y que el acceso a la ruta de la justicia se vuelve cada vez más complejo. Por lo que se recomienda acudir a centros de apoyo para las mujeres y contar con asesoría legal y psicológica para interponer una denuncia.

– ¿Qué pasa con los menores de edad? ¿Pueden denunciar solos/as? O son los padres, el recinto escolar, entre otros, los que deben presentar la denuncia?

El Código de la Niñez y la Adolescencia en su Artículo 17 determina que “las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser escuchados en todo procedimiento judicial o administrativo, que afecte sus derechos, libertades y garantías, ya sea personalmente, por medio de un representante legal o de la autoridad competente, en consonancia con las normas de procedimiento correspondientes según sea el caso y en función de la edad y madurez”.

El Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez ha habilitado el Centro de Información y Orientación o Línea 133, una línea telefónica gratuita para la recepción de denuncias y consejería psicológica y legal para todo tipo de violencia; con personal especializado para atender violaciones a los derechos de Niñez y Adolescencia.

– ¿Quiénes están obligados a denunciar? (directores de establecimientos educacionales, funcionarios públicos, sistema de salud, etc.).

La Ley 779, Ley integral contra la Violencia hacia las Mujeres, establece en sus artículos 17 y 18 la obligatoriedad de la denuncia en casos de violencia contra las mujeres; particularmente señala la obligatoriedad por parte de figuras de poder que tengan conocimiento de hechos de acoso sexual.

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¿Cómo hacer seguimiento de un caso?

Una vez la Policía Nacional recepciona una denuncia se crea un expediente del delito, que deberá ser completado con los resultados de la investigación. En los últimos años las organizaciones feministas denuncian que el sistema de acceso a la justicia pone la responsabilidad del seguimiento sobre la víctima; ya que existe una tradición de “presionar para obtener resultados”-Es decir,que las denunciantes dediquen tiempo en llamar y visitar las comisarías para pedir información sobre sus casos.

Una vez el caso ha pasado a ser una acusación judicial, las y los abogados con credenciales actualizadas ante el Poder Judicial tienen acceso a una plataforma digital donde pueden dar seguimiento a sus casos.

Todos los juicios en Nicaragua son públicos, “salvo que a solicitud de la víctima de violencia, el tribunal decida que éste se celebre total o parcialmente a puerta cerrada” por mandato de la Ley integral contra la Violencia hacia las Mujeres (Ley 779).

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¿Dónde acudir para hacer la denuncia?

La Policía Nacional tiene delegaciones policiales en todo el país, en casi todas las cabeceras departamentales. En Managua, hay delegaciones distritales.

A nivel nacional podes buscar apoyo en centros de apoyo legal, médico y psicológico para mujeres. En Managua podes contactarte con el Centro de Mujeres ISNIN, Fundación Aguas Bravas y el Centro de Mujeres 8 de Marzo. Y en Masaya trabaja la Asociación de Mujeres Axayacatl.

En Occidente, está la Asociación Mary Barreda (León) y el Movimiento de Mujeres de Chinandega (Chinandega). En el Norte podes buscar apoyo en Proyecto Miriam (Estelí), Grupo Venancia (Matagalpa) y Oyanka (Nueva Segovia).

– ¿Es posible iniciar una investigación online?

Existió un proyecto para denunciar en línea; pero actualmente no funciona. Pero la Línea 133 es una línea telefónica gratuita para la recepción de denuncias y consejería psicológica y legal para todo tipo de violencia.

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¿Más información en mi país?

Sin información.

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Recursos de interés/adicionales

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Tus derechos como víctima

La Ley integral contra la Violencia hacia las Mujeres (Ley 779), en su Artículo 7 enuncia los derechos protegidos de las mujeres; entre los que destacan:

  • El derecho a igualdad de protección ante la Ley y de la Ley
  • El derecho a recibir información y asesoramiento adecuado
  • El derecho a un recurso sencillo y con celeridad ante las instituciones del sistema de justicia y otras Instituciones del Estado para que la ampare contra actos que violen sus derechos

Además nombra la Violencia en el ejercicio de la función pública contra la mujer y la define como “aquella realizada por autoridades o funcionarios públicos, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar, denegar o impedir que las mujeres tengan acceso a la justicia y a las políticas públicas”.

La Ley 779 determina que se protegerá la intimidad de las víctimas, en lo referente a sus datos personales, los de sus descendientes y los de cualquier otra persona que esté bajo su tutela. Y autoriza el acompañamiento (psicológico, psiquiátrico o personal) durante todo el proceso, ante una posible crisis o vulnerabilidad emocional.

Uno de los principios rectores de la Ley 779, especificados en el Artículo 4, dice textualmente “Principio de no victimización secundaria: El Estado deberá garantizar que las autoridades que integran el sistema de justicia y otras instituciones que atienden, previenen, investigan y sancionan la violencia, deberán desplegar medidas especiales de prevención, para evitar situaciones de incomprensión, reiteraciones innecesarias y molestias que pueden ser aplicadas a las víctimas.”

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Una vez hecha la denuncia, ¿qué esperar?

Desafortunadamente, en Nicaragua el acceso a la justicia en casos de violencia hacia las mujeres es bastante precario. Las organizaciones feministas han denunciado la inoperatividad de la ruta de acceso a la justicia y altas tasas de impunidad. A pesar de la existencia de personal capacitado en temas de género, todavía persisten muchas ideas conservadoras sobre el papel de las mujeres en la sociedad que afectan el desempeño de los mismos.

Es más probable tener sentencias favorables a las víctimas en casos que involucran a menores de edad; ya que es una agravante penal.

Hay pocos casos favorables relacionados a la temática. El más reciente fue la condena de siete años y seis meses de cárcel en contra de Luis Jiménez Hernández; quien en enero 2018 publicó fotografías y vídeos íntimos de una menor de edad a través de perfiles falsos en redes sociales. La condena, dictaminada en septiembre 2019 es por los delitos de propalación y explotación sexual, de acuerdo al Código Penal.

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Cómo conservar evidencia

¡guarda la evidencia!

Cómo conservar evidencia

El primer impulso es buscar, por todos los medios, borrar cualquier material íntimo que haya sido publicado en cualquier plataforma sin tu consentimiento. Es completamente entendible. No obstante, tanto las plataformas como el sistema judicial te pedirán evidencia de lo ocurrido, por lo que es importante conservar las pruebas. Por eso, antes de tomar cualquier medida, lee estas recomendaciones.

1. Conserva la evidencia antes de borrar el material

Toma capturas de pantalla de los sitios web donde aparece el material. Asegúrate de obtener toda la página, incluida la URL. Puedes guardar esas capturas de pantalla en formato PDF.

Si además el contenido en cuestión es un video, descarga el video y guárdalo en un disco duro.

Si tiene mensajes de texto o correos electrónicos que pueden ser relevantes, toma capturas de pantalla y guárdalos.

Trata de que en las capturas de la pantalla se muestre la hora y la fecha y todo otro dato que sirva de identificación. Si, por ejemplo, se trata de un chat grupal, trata no solo tener la captura de pantalla de la foto o video, sino también de los miembros del grupo.

Piensa en todas las pruebas que, además del material íntimo en la plataforma, puedan ser relevantes para el caso, como, por ejemplo, correos electrónicos o mensajes de texto amenazantes. Guarda una copia.

2.Respalda la evidencia

  • Es importante que guardes la evidencia de forma segura, pues hay que evitar de cualquier forma que caiga en manos de terceros no autorizados.
  • Ordena la evidencia en carpetas. Un buen método es ordenar por día en que apareció el material, por ejemplo. Pero inventa un sistema que te haga sentido y que permita encontrar de forma fácil las pruebas.
  • Te recomendamos guardar toda la evidencia en una carpeta digital y también tener una copia impresa en una carpeta.
  • Aunque guardes toda la evidencia de forma ordenada, es posible que con el paso del tiempo se confundan los hechos. Por tal motivo, organizaciones como “Without My Consent” te recomiendan llevar un cuadro de evidencias y volcar ahí información importante. Puedes obtener acá una copia de la tabla.