Acciones cautelares vinculadas a la vida privada y la dignidad

– ¿Existe en la ley? (fuente):

La Constitución Política prevé el recurso de amparo para la tutela de derechos fundamentales, como lo es el derecho a la intimidad. El artículo 29 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional dispone que este recurso puede interponerse “contra toda disposición, acuerdo o resolución y, en general, contra toda acción, omisión o simple actuación material no fundada en un acto administrativo eficaz, de los servidores y órganos públicos, que haya violado, viole o amenace violar cualquiera de aquellos derechos”. Además, procede contra los actos arbitrarios, pero también contra las actuaciones u omisiones fundadas en normas mal interpretadas o indebidamente aplicadas.

– Sanción potencial:

Sanciones administrativas.

Habeas data

– ¿Existe en la ley? (fuente):

En Costa Rica, el recurso de Habeas data no se regula de forma específica, sino que se ha desarrollado a través de la jurisprudencia de la Sala Constitucional de La Corte Suprema de Justicia y se ejerce mediante un recurso de amparo especializado. La Sala Constitucional mediante el voto 4847-1999 ha dicho que “El amparo es por ende la vía idónea para discutir la constitucionalidad de este tipo de actuaciones, donde están de por medio la intimidad, el resguardo de datos sensibles -entendidos estos como aquellos datos que tienen una particular capacidad de afectar la privacidad del individuo o de incidir en conductas discriminatorias.

– Sanción potencial:

Sanciones administrativas, por tratarse de un recurso de amparo.