Acoso laboral

– ¿Existe en la ley? (fuente):

La ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia sanciona toda acción en cualquier ámbito de trabajo que discrimine, humille, amenace o intimide a las mujeres y que vulnera sus derechos, en general (artículo 7.11).

– Sanción potencial:

En el artículo 77, se establecen multas que no podrán ser mayor de 365 días ni comprender para el cálculo más del 50% del salario del sancionado.