Quien por dolo o culpa causa un daño a otro
– ¿Existe en la ley? (fuente):
Artículo 1969 del Código Civil Peruano: “Indemnización por daño moroso y culposo”.
– Sanción potencial:
Pago de indemnización a la víctima.
Cinco claves para denunciar y resistir su publicación
– ¿Existe en la ley? (fuente):
Artículo 1969 del Código Civil Peruano: “Indemnización por daño moroso y culposo”.
– Sanción potencial:
Pago de indemnización a la víctima.