Violencia intrafamiliar

– ¿Existe en la ley? (fuente):

a) La violencia familiar se sanciona en el Código Penal (artículo 229, modificado por la ley 5378/14) y entiende por violencia familiar la violencia física o psíquica por parte de un familiar o en el marco de la convivencia. b) Además, existe la Ley Integral de Protección Integral para mujeres contra toda forma de violencia N° 5777/16, que contempla este tipo de violencia.

– Sanción potencial:

a) Código Penal: Pena privativa de libertad de uno a seis años. Cuando el hecho de violencia provoca tiene como resultado una lesión grave, se aplicarán la sanciones prevista para esa conducta (artículo 112 del Código Penal). b) Por su parte, la ley N° 5777/16, establece medidas de protección, no sanciones.

Causales de divorcio

– ¿Existe en la ley? (fuente):

La ley 5422/15 (artículo 4), que modifica la ley 45/91, establece el “divorcio vincular”.

– Sanción potencial:

Entre las causales, se encuentran los malos tratos, las injurias graves y el atentado contra la vida.