Violencia intrafamiliar
– ¿Existe en la ley? (fuente):
El Código de la Familia, Ley 870, define la violencia doméstica o intrafamiliar como “cualquier acción o conducta que de manera directa o indirecta causare daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico y patrimonial, al cónyuge o conviviente o sobre las hijas e hijos del cónyuge o conviviente o sobre ascendiente o discapacitados que convivan con él o ella o que se hallen sujetos a tutela de uno u otro”. (Artículo 46). También define la obligación de toda persona a denunciar la violencia doméstica o intrafamiliar. (Artículo 51)
– Sanción potencial:
Las penas para estos delitos están establecidas en el Código Penal y la Ley 779.
Causales de divorcio
– ¿Existe en la ley? (fuente):
El Código de la Familia establece 4 causales para la disolución del matrimonio: nulidad, fallecimiento de uno de los cónyuges, por mutuo consentimiento, por voluntad de uno de los cóyuges. (Artículo 137).
– Sanción potencial:
Sin información