-Si se elige la vía penal o criminal
Las denuncias penales se pueden registrar ante una comisaria de policía, ante el Juzgado de Guardia o ante la Fiscalía.
-Si se elige la vía civil
Las demandas civiles por tutela de los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen, deben registrarse en la oficina de presentaciones civiles de los Juzgados y Tribunales.
-Si se elige la vía administrativa de protección de datos
Las reclamaciones por vulneración de la protección de datos, se formularan ante la Agencia de Protección de Datos o ante los organismos de protección de datos autonómicos. Esta Agencia posibilita la presentación en linea si se dispone de un sistema digital de autentificación personal y sino mediante la presentación por escrito o por correo administrativo. La AEPD tiene un canal de denuncia prioritaria para los casos de sexspreading.
-Si es un caso de acoso laboral
Las demandas laborales por extinción indemnizada de la relación laboral y/o vulneración de derechos fundamentales, deben presentarse por la propia persona agraviada o por su representación letrada (abogada/o) o representación técnica (graduada/o social), ante los Juzgados de lo Social.
La denuncia ante la Inspección de Trabajo, se puede registrar por la propia persona o por su representación letrada (abogada/o) o graduado/a social, en la sede de cada delegación provincial de la Inspección de Trabajo, o ben en linea, rellenando el formulario que se encuentra en linea.
Paralelamente, la propia persona agraviada puede activar los mecanismos del Plan de Igualdad de su propia empresa. Las empresas, a partir de los 50 trabajadoras/es, debe tener un Plan de Igualdad, que debe contar con medidas especificas anti acoso.