Daños (genéricos)
– ¿Existe en la ley? (fuente):
El artículo 1319 del Código Civil la obligación general dispone la obligación de reparar a las víctimas de delitos por los daños y perjuicios ocasionados (daño moral y patrimonial).
– Sanción potencial:
Resarcimiento patrimonial de los daños.