Daños (genéricos)

– ¿Existe en la ley? (fuente):

El artículo 1319 del Código Civil la obligación general dispone la obligación de reparar a las víctimas de delitos por los daños y perjuicios ocasionados (daño moral y patrimonial).

– Sanción potencial:

Resarcimiento patrimonial de los daños.