Violencia intrafamiliar
– ¿Existe en la ley? (fuente):
El artículo 200 del Código Penal. sanciona a quien hostigue o agreda a otro miembro de la familia. Esto aplica en casos de matrimonio, uniones de hecho, relación de pareja de menos de cinco años, pero cuya intención de permanencia pueda acreditarse, parentesco, etc
– Sanción potencial:
Penas de prisión, fundamentalmente en casos de violencia física. Y, en cualquiera de los casos, se aplicarán medidas de protección correspondientes a favor de las víctimas.
Causales de divorcio
– ¿Existe en la ley? (fuente):
El artículo 212 #2 del Código de la Familia establece que son causales de divorcio, por ejemplo, el trato cruel físico o psíquico que hace imposible la paz en el ámbito doméstico.