– Ser atendida
La víctima tiene derecho a interponer ante las autoridades y la denuncia debe ser atendida.
– Secreto de la investigación
Con la finalidad de no viciar el proceso de investigación, se dispone que no se pueden divulgar los avances que se obtengan para no entorpecer el proceso.
– Derechos al tomar declaraciones
Nadie está obligado a declarar en asunto criminal, correccional o de policía, contra sí mismo, su cónyuge o parientes cercanos, según el artículo 25 de la Constitución Política de la República de Panamá.