Daños e injurias (genéricos)

– ¿Existe en la ley? (fuente):

Además de las sanciones impuestas por la comisión de un delito o falta, existe la posibilidad de exigir el pago de indemnización por el hecho cometidos según el Art. 2065 del código civil. Cuando se trata de danos contra el honor o el crédito de una persona, podría haber lugar al pago de indemnización, según el artículo 2082, y según el artículo 2 de la Constitución de la República de El Salvador.

– Sanción potencial:

Acciones de reparación e indemnización acordadas por el juez.

Protección de menores

– ¿Existe en la ley? (fuente):

El código de familia en los artículos 365, 366 busca brindar una protección moral del menor y protección a su dignidad, integridad moral, imagen e identidad. También establece un deber general (de todos) de velar por la dignidad del menor y proteger su integridad física, psicológica. Específicamente la ley de protección integral de la niñez y adolescencia (LEPINA), desarrolla en los artículos 37, 38, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 53, 55, 92, 94, 134, varios derechos y obligaciones que desarrollan los artículos del código de familia y que buscan atender al interés superior de la niña, niño y adolescentes. Entre esos derechos están: derecho a la integridad personal; protección frente al maltrato; derecho al honor, imagen, vida privada e intimidad, donde los padres, madres o responsables deben ejercer supervisión y vigilancia sobre cualquier actividad que pueda poner en peligro la dignidad de las niñas, niños y adolescentes; prohibición del uso de la imagen o informaciones que lesionen el honor o reputación de los niños al público, especialmente en medios de comunicación. Para ejercer los derechos anteriores los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a acudir gratuitamente a la vida judicial o ante autoridades competentes para la defensa material de sus derechos, también lo pueden hacer través de su madre, padre, representantes o responsables; tienen derecho al debido proceso; derecho de petición, opinar y ser oído ante cualquier entidad pública o privada. El CONNA es la institución pública encargada de la coordinación del Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia y la defensa efectiva de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

– Sanción potencial:

Varias sanciones, dependiendo de la lesión o perjuicio causado.