Acciones cautelares vinculadas a la vida privada y la dignidad

¿Existe en la ley? (fuente):

La Constitución chilena en su artículo 20 contempla un mecanismo para proteger los derechos fundamentales denominado popularmente “recurso de protección”. Este recurso puede usarse para pedir a la Corte Suprema de Justicia que dejen de afectarse los derechos fundamentales de una persona.

Sanción potencial:

El recurso persigue que la Corte ordene todas las medidas necesarias para reestablecer el derecho vulnerado y asegurar su protección. De todas formas, se pueden presentar otras acciones ante la autoridad o los Tribunales de Justicia.

Habeas data

¿Existe en la ley? (fuente):

Tal como lo define Wikipedia, el habeas data es una acción jurisdiccional propia del derecho, normalmente constitucional, que confirma el derecho de cualquier persona física o jurídica para solicitar y obtener la información existente sobre su persona, y de solicitar su eliminación o corrección si fuera falsa o estuviera desactualizada.La Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada protege el tratamiento de tus datos personales, como tu imagen.Aquella persona que se vea afectada por el uso de sus datos personales le puede reclamar al responsable de este tratamiento (por ejemplo, una compañía que recolecta y almacena datos) que los modifique, cancele o bloquee.En los casos en que el titular de la base de datos no responda a esa solicitud, puedes acudir a tribunales a interponer una acción de habeas data.

Sanción potencial:

Se podrá aplicar una multa de una a diez UTM al titular de la base de datos.

Responsabilidad por infracción a la ley de datos personales

¿Existe en la ley? (fuente):

La ley 19.628 contempla en su artículo 23 una acción civil para perseguir al responsable del banco de datos en los casos en que realice un tratamiento indebido de estos y no proceda a eliminarlos, modificarlos o bloquearlos a pedido del titular o de un tribunal.

Sanción potencial:

Permite indemnizar el daño patrimonial y moral a la víctima