Vía criminal:

Las denuncias se pueden realizar ante la Fiscalía General de la Nación, en el Centro de Atención Penal Integral a Víctimas (CAPIV), las unidades de reacción inmediata (URI) y las unidades de atención preprocesal (UAP).

Los hechos de violencia sexual se pueden denunciar en el Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual (CAIVAS). También se puede hacer denuncias en las estaciones de Policía.

Para casos de violencia intrafamiliar, delitos sexuales en el ámbito familiar y delitos contra niños, niñas y adolescentes, es posible denunciar ante las Comisarías de Familia y si no existe en el lugar de residencia ninguna comisaría, ante el Juez Civil Municipal o Promiscuo Municipal.

No obstante, es importante recordar que los delitos enumerados arriba deben investigarse de oficio, es decir, la autoridad competente debe investigar el posible delito sin importar si la víctima u otra persona realizó la denuncia.

Vía civil

Si es por acción de reparación de daños, toca tener un abogado que haga la demanda y la presenten a un juzgado.

Caso de acoso laboral

Comité de convivencia de las empresas, en donde existan; o ante Inspector de Trabajo con competencia en el lugar de los hechos, de los Inspectores Municipales de Policía, de los Personeros Municipales o de la Defensoría del Pueblo. La denuncia deberá dirigirse por escrito detallando los hechos denunciados y anexando prueba sumaria de los mismos (artículo 9 de la Ley contra el acoso laboral).

Especiales (precautorias, protección, amparo constitucional, etc.)

Acción de tutela se presente ante cualquier juez de la República.